Política | Cautelar contra Uber

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Intiman al Gobierno porteño

La justicia dispuso ampliar la cautelar dictada para la suspensión de la actividad de la empresa conocida como Uber o de todas aquellas mencionadas por la AFIP en su última comunicación sobre el particular, e intimó al Gobierno porteño a que le impida operar en la ciudad de Buenos Aires, como había ordenado hace tres años. Además instó al jefe de Gabinete de Horacio Rodríguez Larreta a que informe qué medidas fueron tomadas para cumplir con la medida cautelar que en abril de 2016 suspendió la actividad de la empresa. Por Mailén González
Buenos Aires, 3 de mayo de 2019. El titular del juzgado n° 15 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Víctor Trionfetti resolvió la ampliación de la medida cautelar, atento a lo indicado por la Sala II de la Cámara de Apelaciones del fuero, el pasado 7 de noviembre de 2018, cuando dispuso que «el magistrado de grado realice las diligencias necesarias para permitir la continuidad del proceso como corolario de la inacción de las partes involucradas, y habilitadas al efecto, con el objetivo de monitorear la medida cautelar dictada en el presente proceso en fecha 13 de abril de 2016. Todo ello en el marco de la causa "Sindicato de Peones de Taxis de la Capital Federal y otros contra GCBA y otros sobre otras demandas contra autoridad administrativa".

Esto significa que tres años después de la medida cautelar que aceptó un pedido del sindicato de taxistas y ordenó la suspensión del servicio de Uber en la ciudad de Buenos Aires, la Justicia porteña amplió el contenido de esa decisión, intimó al Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta a que frene la actividad de la empresa de transporte de pasajeros y le pidió al Ejecutivo que informe qué medidas tomó para cumplir con lo ordenado oportunamente.

A su vez, el Juez ordenó librar oficio al Jefe de Gabinete de Ministros del GCBA para que "informe de manera detallada y en el plazo de 20 días, cuáles han sido las medidas concretas adoptadas por la Administración destinadas a hacer efectiva la medida cautelar dictada en fecha 13/04/2016 -que se encuentra firme-, por la que ordenó al GCBA ´… que de modo inmediato arbitre las medidas necesarias para suspender cualquier actividad que desarrolle la empresa UBER B.V. o UBER TECHNOLOGIES INC o cualquier sociedad bajo ese nombre, razón social y tipo de actividad descripta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta tanto se dicte sentencia definitiva o se presente la hipótesis prevista en el art. 182 del CCAyT (…)´". Y en particular, solicitó que precise "cuáles fueron las directivas, planes, protocolos, actuaciones, proyectos y toda otra actividad de gestión en el ejercicio del poder policía (…), en coordinación con las distintas áreas del Gobierno Central y las Comunas (…) para garantizar el cumplimiento de la manda judicial, la seguridad y el orden público en relación con la mencionada orden judicial de interdicción de la actividad de la empresa UBER en el ámbito de la CABA".

Trionfetti, por último, ratificó que "el GCBA deberá adoptar de modo inmediato las medidas necesarias para suspender cualquier actividad que desarrollen estas empresas en materia de transporte de pasajeros en el ámbito de la CABA".

El lunes, la AFIP le reclamó a la empresa Uber Argentina SRL más de $ 358 millones por supuestas deudas impositivas y de la seguridad social. A través de un Aviso Oficial publicado este lunes en el Boletín Oficial, el ente recaudador detalló que esa compañía debe al Fisco $ 22.380.433,58 millones en concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente a los períodos fiscales 04/2016 a 11/2016. Además, la AFIP determinó que existe una deuda de aportes patronales por $ 24.927.589 millones y contribuciones a la seguridad social por $ 31.070.025 millones, más intereses (43,3 millones) y multas (111,9 millones).

Asimismo, exigió otros $ 23.037.495,05 millones y $ 44.005.086,49 millones con relación al Impuesto a las Ganancias en los períodos fiscales 2016 y 2017 respectivamente, y con relación al Impuesto al Valor Agregado en los períodos fiscales 12/2016 a 12/2017 de $ 58.070.664,28 millones. También, exigió a la compañía un "Detalle de la Nómina de Empleados" por los periodos 04/2016 a 03/2018, cuya pretensión fiscal asciende a Aportes $ 24.927.589,45 millones y Contribuciones $ 31.070.025,29 millones.

El organismo consideró que en el período fiscalizado (2016/2017) Uber desarrolló un servicio de transporte por medio del trabajo de los propietarios de los vehículos, por lo cual corresponde que la empresa pague IVA y Ganancias a través de su representación permanente en el país. También, estableció que los choferes son empleados en relación de dependencia y no trabajadores independientes.

La respuesta de Uber

En un comunicado, la compañía sostuvo que es "una empresa de tecnología, no es un servicio de transporte público de pasajeros" y citó "tres sentencias firmes, los Juzgados No. 7 y 14 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires confirmaron que la actividad que realizan los socios conductores de Uber no es de taxi ni remis, por lo que no deben habilitarse como tales".

"En cuanto a Uber, los fallos señalan que se encuadra en un servicio de transporte que se concreta por intermedio de una plataforma de internet y la cual está regulada por el Código Civil y Comercial de la Nación, no existiendo norma alguna que restrinja o regule esta actividad privada", concluyó la empresa.


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