Política | La opulencia cloacal porteña

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Loteo de la costa

La semana pasada el bloque oficialista de Vamos Juntos aprobó un proyecto denominado "Distrito Joven" que supone una venta de los terrenos de Costa Salguero, Punta Carrasco y las tierras costeras aledañas, en la última sesión de la Legislatura Porteña. La iniciativa que suscitó repudios de diferentes sectores, deberá pasar por una audiencia pública el 27 de noviembre y volverá a tratarse en el recinto para su sanción definitiva. Desde la Asociación Amigos del Lago de Palermo difundieron una duro documento contrario el nuevo emprendimiento inmobiliario del macrismo. Por Mailén González
Buenos Aires, 16 de octubre de 2020. La semana pasada se encendió el debate en la Legislatura. “Hoy, el gobierno de Larreta da curso a una nueva privatización del río”, manifestó el diputado del Frente de Todos Matías Barroetaveña en el recinto y agregó que “detrás de la denominación amigable de ‘Distrito Joven’, se esconde el verdadero propósito que es construir torres de 30 metros frente a aeroparque cuyo destino final será seguramente la explotación de alquileres temporarios.”

Vale recordar que el equipo del diputado Matías Barroetaveña difundió un informe titulado “La década vendida” que desde la llegada del gobierno del Pro-Vamos Juntos, “la Ciudad de Buenos Aires ha vendido alrededor de 150 hectáreas, lo que equivale a la superficie de un barrio como San Telmo. A esto hay que sumarle la 70 hs de tierra nacionales en las ciudad que vendió Macri cuando fue Presidente.”

El proyecto oficialista había recibido ya numerosas críticas de las organizaciones ambientalistas, no solo por el impacto que genera en el ecosistema de la costa ribereña, sino también porque desoye los reclamos permanentes de aumentar los espacios verdes en una Ciudad que está muy por debajo de los estándares internacionales. Si se hubiesen utilizado estas hectáreas para espacios verdes, la ciudad estaría muy cerca de cumplir con los 10 mts por habitante que recomienda la Organización Mundial de la Salud. 

“Las necesidades de los porteños y las porteñas no aparecen nunca en la ecuación del gobierno de Larreta, este proyecto supone la pérdida de un acceso a la costa, repitiendo el viejo paradigma de la ciudad de espaldas al río”, expresó Barroetaveña; y añadió que “en una Ciudad con un profundo déficit habitacional, la prioridad de Vamos Juntos es hacer torres para negocios de alquiler temporario".

Amigos del Lago de Palermo

La entidad ambientalista formada por vecinos del barrio de Palermo difundió luego de la votación ganada por el larretismo por márgenes estrechos, un duro documento titulado 
"PUNTA CARRASCO / COSTA SALGUERO o la opulencia cloacal de BUENOS AIRES"

En él se historia la relación de la ciudad con su río en el último medio siglo. Dice: "El 6 de febrero de 1976 se publicaba la Ordenanza Municipal Nº 32.716 por la cual se declaró "zona de emergencia sanitaria a las playas ubicadas en la ribera del Río de la Plata y delimitadas por la Avenida Costanera Sur y Costanera Norte... El Departamento Ejecutivo tomará los recaudos pertinentes, con fines de no permitir el acceso al público a las aguas del río...".

"Debido al alto nivel de contaminación de las aguas, legisladores y funcionarios no prohibían contaminar, prohibían su uso recreativo por parte de la población. Pasaron más de 44 años y esos mismos funcionarios nacionales y municipales continuaron permitiendo que los efluentes cloacales e industriales de la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano, se arrojen sin tratamiento en su curso y en el de sus afluentes. Este tipo de actitud, cómplice con las empresas y prácticas contaminantes, destructiva de la principal fuente de provisión de agua potable para 12 millones de personas y de su libre uso recreativo, se ha ido agravando
 
"Uno de los principales emisores de efluentes cloacales en crudo en el Estuario, es el llamado Arroyo Ugarteche. Este "arroyo" es una descarga cloacal ubicada entre los predios conocidos como Punta Carrasco y Costa Salguero, objeto del último convite inmobiliario pergeñado por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en etapa de perfeccionamiento por parte de sus legisladores adictos.
 
"En cualquier momento del día se puede apreciar esta situación de verdadero asco y vergüenza que se ilustra en la fotografía anterior, que formaba parte de la descripción del sitio que se concursaba a través de la Sociedad Central de Arquitectos. En ella se puede apreciar la doble barrera (amarilla) que trata de retener elementos residuales flotantes. Los elementos retenidos, se cargan luego en camiones que circulan por los laterales al conducto. Para sumar a la vergüenza, los dos complejos también descargan sus desechos aquí o, contiguamente, en río abierto, según convenga. Ninguna solución a esta problemática está pautada en las bases del concurso.
 
CALIDAD Y DETALLES DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN ACORDADO POR LA MAYORÍA AUTOMÁTICA DE LA LEGISLATURA PORTEÑA
 
"La ley N° 6.289, sancionada en diciembre de 2019, que autoriza al PE del GCBA a enajenar ambos predios, no tiene validez. Nunca se hizo Audiencia Pública ni aprobación en segunda lectura. El tema está judicializado y sería un escándalo que se vendan tierras públicas con una ley de simple lectura. Autoriza al PE a la enajenación del "conjunto" Punta Carrasco-Costa Salguero (¿incluye el canal?), y plantea una serie de pasos insólitos: "...La disposición no podrá realizarse antes del dictado de una nueva normativa urbanística, la cual a su vez requerirá de la previa convocatoria del Concurso Público referido en el artículo precedente". O sea, primero hacemos el Concurso respetando el 65% - 35%, "olemos" el mercado inmobiliario-arquitectónico y después le damos la norma. El concurso se realizó y aquí estamos viendo los resultados.

Dejando de lado momentáneamente el resto del proyecto de hormigonado costero (continuidad del de Ciudad Universitaria), o sea la "urbanización" de la costa que 
implica el Distrito Joven larretiano, para estos predios en particular, aparte de edificios de 10 pisos de altura y manzanas sin pulmón absorbente, se incluyen dos temas preocupantes:

1. En varios lugares se habla de "las tierras que sean ganadas al Río de la Plata, lindantes con la Av costanera Rafael Obligado y los límites del área graficada..., se afectarán y formarán parte de esta área". Eso significa que podrán seguir rellenando cuando quieran y hasta donde quieran.

2. Al final, en el tema  "accesos",  y  con  respecto  a  los sectores 4 y 5 (Pta. Carrasco y Costa Salguero), dice: "...se podrán materializar vialidades de ingreso y egreso al predio / circulación interna /... sujeto a autorización del órgano competente". Esta expresión no obliga a tener accesos públicos a los predios, o sea que, Punta Carrasco podría llegar a ser un nido de boliches y locales con acceso controlado y restringido, y Costa Salguero puede llegar a ser un barrio privado.
 
RESUMIENDO

"En un contexto de decadencia generalizada de la Ciudad y el Gran BsAs (AMBA), con un 10 % de su población habitando villas miseria y otro alto porcentaje en condiciones de hacinamiento, con espacios verdes públicos insuficientes y en disminución, con ríos y afluentes contaminados y la presencia de enclaves "opulentos" a ambos lados de la Av Gral. Paz, la urbanización formal de estos rellenos, destinada a blanquear 50 años de ilegalidades y privilegios consentidos por gobiernos nacionales y de la ciudad -desde entonces hasta ahora-, consolida y amplía esas inequidades provocando un alto impacto ambiental negativo sobre el estuario y sobre la Ciudad toda. Pero también puede llegar a tener su público: nuevos ricos a los que no les importe vivir, trabajar o divertirse junto a un desagüe cloacal.
 
ANTECEDENTES, ORÍGENES Y DESARROLLO DE LA CONCESIÓN
 
"El 17 de setiembre de 1969 se publicaba el Decreto-ley Nº 18.339 firmado por Juan Carlos Onganía y José M. Dagnino Pastore el pasado 5/9/69, mediante el cual “... Transfiérese a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires los derechos del Estado Nacional Argentino sobre la superficie de terreno a ganar al río de la Plata, frente a la Avenida Costanera Rafael Obligado, correspondien- te a la zona comprendida desde Doscientos Metros (200 m) aguas abajo del muelle del Club de Pescadores hasta la desembocadura del desagüe perteneciente a la Administración General de Obras Sanitarias de la Nación, inmediata a la prolongación de la calle Salguero ... con una superficie de Veintiuna Hectáreas (21 Ha) aproximadamente ...”. Son los terrenos donde se asentarán los futuros emprendimientos clandestinos conocidos como Punta Carrasco y el Driving Range de la Asociación Argentina de Golf. También, por el mismo Decreto-ley “... Transfiérese a la Secretaría de Estado de Transporte con destino a la Administración General de Puertos la superficie de terreno a ganar al río de la Plata, frente a la calle Nº 8, correspondiente a la zona portuaria comprendida desde la desembocadura del desagüe perteneciente a la Administración General de Obras Sanitarias de la Nación, inmediata a la prolongación de la calle Salguero, hasta el extremo Oeste de la dársena “F”... con una superficie de Siete Hectáreas (7 Ha) aproximadamente... “. Esta superficie, será ocupada por ese otro gran emprendimiento clandestino denominado Costa Salguero.

"Todos estos concesionarios -Punta Carrasco, la Asociación Argentina de Golf y Costa Salguero- gozarán de extraterritorialidad, pudiendo acrecentar libremente mediante nuevos rellenos las superficies de terreno obtenidas y disponiendo a su antojo de esa misma superficie para construir, sin normas ni funcionarios molestos. Como consecuencia, desaparecerá del uso público otro sector de costa, quedando éste reservado para los clientes de los respectivos complejos."
 


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