Legislativas | Tribuna Popular

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Reglamentaron su funcionamiento

Un mecanismo de participación ciudadana, creado por el Reglamento de la Legislatura porteña, será puesto en función. Los vecinos y/o las ONGs podrán tener voz en sesiones especiales con temarios específicos. Según voces críticas, el proyecto fue impulsado por el PRO para derogar sustancialmente la Tribuna Popular. La iniciativa surgió después que la Justicia de la Ciudad decidiera multar a la Legislatura de la Ciudad por no efectivizarlo. Por Martín Pérez Díaz Buenos Aires, 16 de junio de 2017. La Legislatura porteña aprobó ayer una resolución que permitirá poner en marcha el mecanismo previsto en su reglamento y conocido como Tribuna Popular, mediante el cual los vecinos y/o los representantes de organizaciones no gubernamentales podrán expresarse en sesiones especiales sobre un tema específico que los preocupe.

La decisión se produce luego que la Justicia de la Ciudad decidiera multar a la Legislatura por no cumplir con garantizar el ejercicio de la Tribuna Popular a la ciudadanía porteña. El Reglamento del cuerpo parlamentario porteño ya establecía desde hace 20 años (cuando se creó la Ciudad Autónoma y el Concejo Deliberante fue reemplazado por la Legislatura) que "la Tribuna Popular permite efectuar planteos en sesión plenaria, sobre temas de especial interés para la Ciudad, por parte de organizaciones no gubernamentales y personas que resulten autorizadas de acuerdo con la resolución que reglamente su ejercicio" (art.76).

Al votarse finalmente la resolución que reglamenta su ejercicio, quedó habilitada esta nueva forma de participación ciudadana que se suma a las Audiencias Públicas, la Iniciativa Popular, la Consulta Popular y el derecho de los vecinos de pedir la palabra en las reuniones de comisiones legislativas.

El nuevo artículo 76 (modificado) quedó redactado de la siguiente manera: "La Tribuna Popular permite efectuar manifestaciones por parte de representantes de organizaciones no gubernamentales y/o vecinos radicados en la Ciudad, en sesión especial, convocada en los términos del inciso 5º del artículo 68 (convocatoria a sesiones extraordinarias o especiales), con temario específico de interés para la Ciudad".

Se aclara que "no serán objeto de Tribuna Popular las materias vedadas en los artículos 64, 65 y las previstas en el artículo 77 de la Constitución de la Ciudad y en el artículo 39 de la Constitución Nacional". (Tratados internacionales, reforma constitucional, acuerdos interjurisdiccionales, cuestiones tributaria, de presupuesto o de materia penal y los proyectos que requieren mayorías especiales).

El artículo 77 modificado dice: "Inscripción. Uso de la palabra. El organismo de implementación es la Secretaría Parlamentaria. La Tribuna Popular se regirá por los siguientes lineamientos:

"Es participante de la Tribuna Popular toda persona humana o jurídica con domicilio en la CABA. Las personas jurídicas participan por medio de sus representantes legales o un apoderado con acreditación de personería. En el caso de persona jurídica se admite un solo orador en su representación".

Los ciudadanos interesados en participar deberán registrarse con dos horas de antelación al inicio de la sesión especial convocada al efecto y cada inscripto tendrá un máximo de 15 minutos para exponer y podrá referirse a un solo tema.

Estas sesiones especiales se convocarán "a solicitud de la mayoría absoluta del total de sus miembros para el ejercicio de la Tribuna Popular, convocada con 48 horas de anticipación" (31 votos sobre 60 legisladores).

Los considerandos del despacho de la Junta de Interpretación y Reglamento recordaron que "se ha judicializado la supuesta imposibilidad de ejercer la Tribuna Popular, desembocando la cuestión en un conflicto institucional entre esta Legislatura y el Poder Judicial" y, por otra parte, apunta que "han transcurrido veinte años, durante los cuales la Legislatura estuvo integrada por distintas representaciones y fuerzas políticas y se presentaron distintos proyectos relacionados con esa reglamentación, pero nunca (antes) se logró el consenso necesario".

Lo que se votó hoy fue un despacho de mayoría de la Junta de Interpretación y Reglamento ante diferentes proyectos presentados por los diputados Adrián Camps (PSA); Carmen Polledo, Natalia Persini, Francisco Quintana (PRO), Graciela Ocaña (CP) y María Rosa Muiños (BP), esta última con un despacho de minoría. La resolución obtuvo 31 votos positivos de los bloques PRO, Coalición Cívica y Confianza Pública y 23 votos negativos del resto de las bancadas.

RESTRINGEN LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

El proyecto de resolución impulsado por el PRO recibió críticas de diversos sectores. El Observatorio para el Derecho a la Ciudad indicó que, a su juicio, se trata de una restricción de la participación ciudadana previsto, bajo el nombre de Tribuna Popular, en los arts. 76 y 77 del Reglamento interno de la Legislatura de la Ciudad.

Afirma que “En estos artículos, la Tribuna Popular en esencia es un derecho que permite a cualquier persona efectuar planteos al Cuerpo Legislativo en forma previa al desarrollo de las sesiones de la Legislatura sobre temas de especial interés para la Ciudad. Es decir, las personas que soliciten hacer uso de la Tribuna Popular podrían expresar sus posiciones, ideas, problemas o propuestas a la totalidad de los legisladores de la Ciudad reunidos para iniciar una sesión legislativa.”

“En cambio el Despacho de mayoría N° 278/2017 votado ayer establece que la Tribuna Popular sólo consistirá en la participación ciudadana a través de manifestaciones en una sesión especial convocada con temario específico de interés para la ciudad. Es decir, la ciudadanía ya no tendrá participación en forma previa a cada una de las sesiones de la Legislatura, sino solamente en una sesión especial que tendrá cómo único objeto escuchar a la ciudadanía y no el tratamiento de proyecto de ley alguno”, agregan.

En estas condiciones “una vez convocada la sesión especial, el no tratarse ningún proyecto de ley constituye una falta de estímulo para los legisladores para que estén presentes e incluso para alcanzar el quórum de dicha sesión especial. Pero además, aumenta la mayoría de diputados necesarios para convocar a dicha sesión especial (...) a mayoría absoluta (31 firmas). Esto implica que solamente con la voluntad del partido de gobierno podrá convocarse a dicha sesión, es decir la Tribuna Popular dependerá de la voluntad del PRO.”

Así, concluyen, se “desvirtúa completamente la Tribuna Popular, tornándola nuevamente inoperativa.”


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