Legislativas | Ecobici y competencias penales

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Vamos juntos avanzó en su agenda

Los tribunales de la Ciudad de Buenos Aires tendrán competencia para investigar y juzgar los delitos y contravenciones cometidos en el territorio porteño como lo estableció la ley nacional N° 26.702, con excepción de la materia federal, de acuerdo a lo resuelto ayer por la Legislatura porteña. También el cuerpo legislativo dio ayer su aprobación inicial a una iniciativa que permitirá concesionar el servicio por 10 años, el cual seguirá siendo gratuito. Por Martín Pérez Díaz
Buenos Aires, 8 de diciembre de 2017. En una sesión que se anticipaba complicada por las reacciones políticas que generaron las polémicas decisiones del Juez Bonadío, el oficialismo logró avanzar con sus principales propósitos legislativos. Pudo aprobar en primera instancia la concesión del servicio público de bicicletas y la transferencia de competencias judiciales de la Nación a la Ciudad.

La transferencia de la competencia para investigar y juzgar los delitos y contravenciones cometidos en el territorio porteño fue aprobada ayer por la Legislatura, como lo estableció la ley nacional N° 26.702, con excepción de la materia federal (como el contrabando, delitos contra el fisco nacional, narcotráfico, trata de personas o secuestros extorsivos, entre otros).

La transferencia de competencias penales es un proceso progresivo que comenzó en 2000 y finalizará en 2019. En diciembre de 2000, se pasó la investigación y el juzgamiento de los delitos de tenencia y portación de armas. En 2004, se votó un segundo convenio sobre la transferencia para que la Ciudad juzgue e investigue lesiones en riña, abandono de personas, omisión de auxilio, exhibiciones obscenas, matrimonios ilegales, amenazas, violación de domicilio, usurpación, daños y ejercicio ilegal de la medicina.

En 2011, el Congreso Nacional aprobó la ley 26.702, la cual fue ayer ratificada por la Legislatura porteña y en 60 días debe celebrarse el Convenio de Reasignación de Recursos Financieros, para dotarlo de presupuesto de modo que puede ser puesto en funcionamiento.

La primera cláusula transitoria de la norma aprobada este jueves establece que el 1º de enero de 2019, las competencias penales serán asumidas plenamente por el Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. La segunda cláusula creó una Comisión de Seguimiento, integrada por siete miembros del cuerpo legislativo, para controlar e informar sobre el avance de la transferencia de competencias penales.  

Las competencias penales que se transfieren a la ciudad son: lesiones; duelo; abuso de armas; violación de domicilio; incendio y otros estragos; tenencia, portación y provisión de armas de guerra de uso civil condicional; impedimento u obstrucción de contacto, tipificado por ley 24.270; penalización de actos discriminatorios, conforme lo dispuesto en la ley 23.592; delitos y contravenciones en el deporte y en espectáculos deportivos. 

También los delitos contra la administración pública ocurridos en el ámbito de la Ciudad, cuando se tratare de actos cometidos por sus funcionarios públicos, o contra sus funcionarios públicos, que atenten contra el funcionamiento de sus poderes públicos u ocurran en el marco de un proceso judicial que tramite ante los tribunales locales. 

Los delitos son el atentado y resistencia contra la autoridad; falsa denuncia de delitos; usurpación de autoridad, títulos u honores; abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos; violación de sellos y documentos; cohecho y tráfico de influencias; malversación de caudales públicos; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; exacciones ilegales; enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados; prevaricato; denegación y retardo de justicia; falso testimonio; evasión y quebrantamiento de pena.

También se transfieren los delitos contra la fe pública: falsificación de sellos, timbres y marcas; falsificación de documentos. Y los vinculados con competencia pública local: delitos de los funcionarios públicos contra la libertad individual; delitos contra la libertad de trabajo y asociación; estafa procesal acaecida en procesos judiciales tramitados ante los tribunales locales; defraudación contra la Administración Pública; delito contra la seguridad del tránsito; desarmado de autos sin autorización; profilaxis de las enfermedades venéreas; estupefacientes y suministro infiel e irregular de medicamentos.

La ley resultó sancionada con 40 votos positivos y el texto estuvo en las bancas a partir de un despacho de las Comisiones asesoras de Justicia y de Asuntos Constitucionales.

Ecobicis 

Por iniciativa de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cuerpo parlamentario aprobó en primera lectura una ley que autoriza "concesionar la prestación y explotación del Sistema de Transporte Público en Bicicleta" de la Ciudad. La concesión la hará la Secretaría de Transporte mediante el llamado a licitación pública para otorgar por 10 años la "prestación integral, modernización, operación, mantenimiento y explotación" de ese sistema.
   
Se argumentó la necesidad de tender "al autofinanciamiento del sistema para una menor carga del erario público y sin impacto económico para el usuario; la publicidad y el sponsoreo se erigen como un mecanismo posible a ese fin".

En este sentido, uno de los artículos de la nueva ley, establece que el Sistema de Transporte Público en Bicicleta será gratuito para sus usuarios durante el plazo de la concesión. Por otra parte, se definió un límite de 550 espacios publicitarios que podrá implementar quien gane la concesión.

La norma también hace alusión sobre las nuevas y futuras estaciones, y define que deberán repartirse equitativamente en toda la Ciudad.

El concesionario deberá presentar semestralmente un informe detallado relativo al funcionamiento del sistema, la facturación en concepto de publicidad y el porcentaje de ocupación.

Además, se introdujo una modificación al despacho que emitió la Comisión de Tránsito, para garantizar la continuidad laboral de quienes hoy trabajan para el sistema. El texto de la ley sostiene la obligación del concesionario "de contratar al personal técnico de la Unidad de Proyectos Especiales de Movilidad Saludable que se encuentre prestando servicios exclusivamente para el sistema de transporte público en bicicleta al momento de iniciarse la concesión".

Durante el debate en el recinto del proyecto que resultó aprobado con 41 votos positivos y una abstención del diputado Adrián Camps (PS), se manifestaron los diputados Cristina García (Vicepresidenta de la Comisión de Tránsito y Transporte), Marcelo Guouman (Suma+) y Maximiliano Ferraro (CC).

El Sistema de Transporte Público en Bicicleta se compone de:

- Estaciones de distribución y estacionamiento, ubicadas en estaciones ferroviarias, de subtes, ómnibus y fluviales, centros de trasbordo de transporte público, espacios verdes y recreativos, establecimientos educativos, museos, polideportivos, clubes, entre otros.

- Bicicletas para poner a disposición de los usuarios, variable según la demanda de la estación.

- Centros de información y atención en las estaciones de distribución y en lugares intermedios del recorrido con información y servicios disponibles para el usuario.

- Señalización adecuada y distintiva.

- Vehículos de traslado de las bicicletas.

Los recursos para afrontar los gastos podrán provenir del presupuesto de la Ciudad de Buenos Aires, aportes del Estado nacional, préstamos, canon de concesiones, publicidad y/o "sponsoreo".



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