Información general | Sacerdotes en hospitales
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Limitan sus funciones
La justicia porteña dispuso que los curas que trabajan en hospitales públicos de la ciudad sólo brinden asistencia espiritual a quienes lo requieran. Además les prohibió divulgar datos personales de los pacientes. Lo hizo en el marco de un amparo en el que piden eliminar el cargo de capellán como empleado público. Por Mailén González Buenos Aires, 19 de enero de 2013. La jueza Elena Liberatori hizo lugar a una medida cautelar para que capellanes y religiosas que trabajan en hospitales públicos porteños tengan la “prohibición expresa” de difundir datos sobre pacientes y dispuso que “únicamente” brinden ayuda espiritual a las personas que lo requieran.
La polémica en torno de su función dentro de las instituciones púbicas de salud se inició el año pasado cuando el capellán del Hospital Ramos Mejía, transmitió a una asociación antiabortista los datos de una mujer víctima de trata de personas que iba a practicarse un aborto no punible. No satisfecho con esto, antes había amenazado a la víctima. Luego los militantes ultracatólicos le hicieron un escrache en la puerta de su casa para disuadirla de su decisión.
“Cuando mates a tu hijo todas las campanas de las iglesias tocarán al mismo tiempo.” Esas palabras fueron las que el cura Fernando Llambías pronunció a la mujer para obligarla a que diera marcha atrás con la decisión de realizarse un aborto no punible –según declaró la propia víctima– violando leyes nacionales que la protegen por haber permanecido cautiva de una red de trata de personas y sometida a reiteradas violaciones.
El capellán habría accedido a los datos en el marco de la ordenanza que aún está vigente en la Ciudad de Buenos Aires –desde 1982, sancionada en reemplazo al decreto 4806 del 2 de agosto de 1973–, que considera a curas y monjas empleados del Estado. La normativa es una suerte de reglamento que establece funciones, derechos y obligaciones de capellanes y religiosas. Entre ellos, por la ayuda espiritual que brindan cobran un sueldo como empleados públicos y la Ciudad les debe garantizar “alojamiento independiente y amueblado”, “atención doméstica a cargo de los servicios generales del establecimiento” y hasta “alimentación, aseo y planchado de la ropa”.
El recurso fue presentado por la legisladora María Rachid (Frente para la Victoria) que, como parte de la misma presentación, reclamó que se declare la inconstitucionalidad de la ordenanza 38.397, aprobada durante la última dictadura cívico militar, que otorga privilegios a curas y monjas de la Iglesia Católica frente a otros cultos para cumplir funciones en hospitales públicos y hogares de la ciudad. La legisladora consideró que se trata de una normativa “injusta, autoritaria y discriminatoria”.
Rachid precisó que tuvo la dimensión de estos privilegios al tener “conocimiento de situaciones de distintas personas que se sintieron ofendidas por la irrupción de capellanes en las habitaciones”. Según la cautelar dictada ayer por la Justicia porteña, de ahora en más, “deberá dejarse la debida constancia administrativa” de las personas que requieran ayuda espiritual y el mismo procedimiento deberá cumplirse en el caso de pastores evangélicos y rabinos u otras personas que realicen tareas espirituales, señaló Liberatori en el fallo. Además, los representantes de otros cultos no deberán “requerir autorización al capellán del establecimiento”, como ocurre hasta ahora.
La jueza también determinó la “prohibición expresa de difundir datos” de las personas que permanezcan en hospitales u hogares municipales; en caso contrario, las autoridades del lugar “deberán realizar las respectivas denuncias”. Liberatori consideró en el fallo que la mujer que estaba internada en el Ramos Mejía a la espera de un aborto no punible, señalada por Llambías, sufrió “violencia simbólica del Estado”. Argumentó que “la imposición de representantes de una religión en particular desde el poder estatal configura y delimita el imaginario social” de los habitantes.
“Nadie está en contra de que haya asistencia espiritual para quien lo solicite. El tema es que el Estado no se la imponga a nadie ni que se privilegie un culto sobre otros”, señaló Rachid.
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