Información general | Aprobaron estudios de impacto ambiental

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Nuevo shopping en Palermo

Los estudios de impacto ambiental fueron aprobados por el Gobierno porteño. Sin embargo alertaron por inconvenientes de tránsito y de desagües que podrían generarse. Por Joaquín Ramírez Souto Buenos Aires, 12 de abril de 2014. El grupo IRSA todavía espera por la habilitación definitiva para poder abrir “Distrito Arcos”, el shopping a cielo abierto en el que invirtió u$s 60 millones y que ya tiene listo desde fines del año pasado, pero que debido a reclamos judiciales aún no puede abrir sus puertas.

Sin embargo, acaba de aparecer un fallo que era muy esperado por la compañía que comanda Eduardo Elsztain, que si bien no le permite inaugurar el lugar en forma inmediata, al menos le ofrece mejores expectativas.

El titular de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad (Apra), Juan Carlos Villalonga, dio su visto bueno a los estudios de impacto ambiental que había presentado la empresa, por lo que ahora el camino aparenta estar más allanado.

El Gobierno porteño aprobó los estudios de impacto ambiental para que se habilite el “Distrito Arcos”, un shopping a cielo abierto que el Grupo IRSA levantó a fines del año pasado en el barrio de Palermo y que aún no está en funcionamiento.
Según publicó este jueves el matutino El Cronista, el titular de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad (APRA), Juan Carlos Villalonga, shopping no demandó la construcción de nuevos metros cuadrados, y por ese motivo la prestación de servicios públicos no se verá afectada. IRSA, en tanto, una vez que reciba la notificación oficial deberá continuar con la senda legal, y realizar una presentación ante el juez Atilio Amiratto, quien entiende en la causa.
No obstante, el funcionario alertó por inconvenientes de tránsito y de desagües que podrían generarse en la zona del shopping, comprendida por las calles Juan B.Justo, Paraguay, Santa Fe y Godoy Cruz.

La legalidad del predio fue puesta en duda por medio de dos denuncias: una presentada por el comunero Marcelo Chardón y legisladores y ex legisladores de la Ciudad, y otra por la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (Fecoba).

Según esta entidad empresaria, en la construcción de “Distrito Arcos” se aprobó la ley de rezonificación del predio antes de la audiencia pública y del segundo tratamiento legislativo obligatorio.

LA CÁMARA RATIFICÓ EN DICIEMBRE LA SUSPENSIÓN DEL SHOPPING

En diciembre del año pasado la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informó que la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires con fecha 10 de Diciembre de 2013, en los autos caratulados “FEDERACIÓN DE COMERCIO E INDUSTRIA DE BUENOS AIRES (FECOBA) y otros CONTRA GCBA SOBRE AMPARO” se ha resuelto “revocar parcialmente la sentencia de primera instancia y disponer la suspensión inmediata de la ejecución e inauguración de la obra hasta que medie sentencia definitiva firme”.

La mencionada resolución por la que se ordena la suspensión de la ejecución e inauguración de las obras llevadas a cabo en el predio sito entre las Avenidas Santa Fe y Juan B. Justo y las calles Godoy Cruz y Paraguay y por las que la firma ARCOS DEL GOURMET S.A. perteneciente al Grupo IRSA pretendía inaugurar un Shopping que llevaría el nombre de Distrito Arcos ha sido firmada por los Camaristas Esteban Centanaro y Mabel Daniele y fundamentan su resolución en la falta de cumplimiento de la obligación de realización del Estudio de Impacto Ambiental y Audiencia previa requerida por la Ley de Impacto Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires, así como las garantías en materia ambiental dispuestas en la Constitución de la Nación y de la Ciudad de Buenos Aires.

Por otra parte, y en relación con la inconstitucionalidad planteada por FECOBA respecto de la sanción de la Ley Nº 4477 de modificación de la zonificación del predio, la Cámara de Apelaciones ha resuelto diferir su tratamiento para la sentencia definitiva.

En consecuencia la Resolución amplía la medida cautelar que a la fecha se encontraba vigente, ya que no solo dispone la prohibición de de inaugurar la obra, sino que ordena suspender inmediatamente todas las obras que se encuentren en ejecución hasta tanto no medie una sentencia definitiva en el amparo iniciado por FECOBA.



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