Política | Justicia nacional versus porteña

12/05

0

Rechazan revisión de sentencias

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial rechazó que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (Tsjcaba) se arrogue la potestad de revisar y revocar sus sentencias, consignaron fuentes judiciales. Considera que no tiene "viabilidad jurídica de sostener que un tribunal local tuviera competencia para revisar las sentencias de una cámara nacional”. Por Martín Pérez Díaz
Buenos Aires, 12 de mayo de 2023. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial rechazó que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (Tsjcaba) se arrogue la potestad de revisar y revocar sus sentencias, consignaron fuentes judiciales.

La decisión la tomó la Sala C de la Cámara en el juicio de un particular contra la firma Pampa Energía Sociedad Anónima, luego que el máximo tribunal porteño anulara una sentencia de la justicia nacional que desestimó un recurso de inconstitucionalidad y “le ordenó que se pronunciara sobre su admisibilidad”.

Según constancias de la causa, para dejar “sin efecto” el fallo, el Tribunal porteño consideró que, de acuerdo con normas locales, tenía competencia para intervenir en los recursos de inconstitucionalidad contra las resoluciones dictadas por los tribunales de la justicia nacional ordinaria.

“El requerimiento no puede ser cumplido”, sostuvo la Sala C de la Cámara, pues “el presente expediente debe entenderse finalizado con la sentencia definitiva” dictada al momento de desestimar el recurso del particular.

Los magistrados Eduardo Machín y Julia Villanueva citaron precedentes sobre la “autonomía de la Ciudad en materia jurisdiccional” en los que “se desechó la viabilidad jurídica de sostener que un tribunal local tuviera competencia para revisar las sentencias de una cámara nacional”.

Los camaristas agregaron que, “antes que nada en el tiempo, existieron las provincias dotadas de plena soberanía, que es el reflejo de su actual autonomía, derivada de poderes que tenían desde antes de que existiera el Estado Nacional” al que delegaron los que no conservaron y éste los que no atribuyó al gobierno autónomo” de la ciudad.

Los jueces remarcaron que “la índole de los intereses que se debaten en este fuero nacional en lo comercial exceden en mucho al que concierne a ‘las porteñas y los porteños’ para, en cambio, alcanzar a las compañías cuyas explotaciones empresariales se hallan a lo largo y a lo ancho del país”, lo cual “demuestra que las sentencias que aquí se dictan no solo tienen efectos locales, sino también interjurisdiccionales”.


Compartir nota en las redes sociales Enviar Imprimir

Dejanos tu comentario