Política | Desalojos administrativos

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Freno judicial

La Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó una medida cautelar que marca un antes y un después en la política de desalojos administrativos impulsada por el Ejecutivo porteño. El fallo, emitido por el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 2, ordena el cese inmediato de los operativos de restitución directa de inmuebles con fines habitacionales, una práctica que se había generalizado en los últimos años bajo el argumento de peligro de derrumbe o emergencia edilicia. La resolución judicial obliga a la gestión de Jorge Macri a someter cada caso a la vía judicial formal y a garantizar soluciones habitacionales para las familias afectadas, con especial resguardo de los menores de edad. Por Mailén González Buenos Aires, 19 de junio de 2026. El dictamen surge a partir de un recurso de amparo presentado por el legislador Alejandro “Pitu” Salvatierra, la diputada Victoria Freire y diversas organizaciones sociales, quienes denunciaron que el Gobierno porteño utilizaba mecanismos de excepción técnica para consumar expulsiones forzosas sin intervención judicial. Según estadísticas relevadas en 2026, seis de cada diez desalojos en la Ciudad se concretaban sin orden de un magistrado, lo que generó un clima de creciente conflictividad social y territorial. El juez interviniente calificó esta práctica como una “desviación de poder”, al considerar que se manipulaban procedimientos administrativos para eludir el control judicial y ejecutar lanzamientos habitacionales que son competencia exclusiva de los tribunales.  

La medida cautelar establece un protocolo estricto que el Ejecutivo deberá cumplir antes de intentar cualquier desocupación. En primer lugar, se exige la presentación de un informe técnico detallado sobre las condiciones estructurales del inmueble, descartando el uso de actas genéricas. Además, se ordena la realización de un censo exhaustivo de los residentes, el registro formal de todos los organismos estatales intervinientes y el levantamiento de un inventario de los bienes materiales de las familias. En caso de que haya menores de edad, el Gobierno debe dar inmediata intervención al Ministerio Público Tutelar, dado que uno de cada tres afectados por estos operativos son niños y niñas.  

El fallo también obliga a garantizar soluciones habitacionales transitorias y efectivas para las familias desplazadas, desarticulando el esquema previo que dejaba a cientos de personas en situación de calle sin alternativas. La Justicia subrayó que el derecho constitucional a la vivienda debe prevalecer por encima de cualquier estrategia administrativa y que el Estado tiene la obligación de ofrecer paradores o espacios adecuados de disponibilidad inmediata. Asimismo, se habilita la fiscalización de los operativos mediante controles técnicos independientes, lo que refuerza la transparencia en la ejecución de las medidas.  

La resolución judicial se inscribe en un contexto de fuerte disputa política. Los operativos directos de restitución de inmuebles bajo sospecha de usurpación habían derivado en enfrentamientos territoriales y tensiones mediáticas entre organizaciones comunitarias y el Gobierno de la Ciudad. Con este fallo, la Justicia establece un límite claro a la discrecionalidad administrativa y obliga a que cada desalojo se dirima en los tribunales, con control previo y garantías constitucionales.  

El impacto social de la medida es significativo. En los últimos años, la crisis habitacional en Buenos Aires se profundizó, con un aumento de las familias que recurren a ocupaciones informales ante la falta de acceso a alquileres o créditos. Los desalojos administrativos, ejecutados sin orden judicial, habían dejado a miles de personas en la calle, generando un escenario de vulnerabilidad extrema. La cautelar busca revertir esa lógica y garantizar que ningún operativo se realice sin ofrecer alternativas habitacionales.  

La decisión judicial marca un freno a la política de “mano dura” en materia de vivienda que venía aplicando la gestión de Jorge Macri y abre un nuevo capítulo en la discusión sobre derechos sociales en la Ciudad. El fallo pone en evidencia que la preservación de las garantías constitucionales y la protección de los sectores más vulnerables deben estar en el centro de cualquier estrategia estatal. En adelante, los desalojos no podrán ejecutarse como simples actos administrativos, sino que deberán pasar por el filtro judicial y contemplar soluciones concretas para quienes resulten afectados.  

Con esta medida, la Justicia porteña envía un mensaje contundente: la emergencia edilicia no puede ser utilizada como excusa para vulnerar derechos fundamentales. La vivienda, reconocida como un derecho constitucional, debe ser protegida incluso en situaciones de conflicto territorial. El fallo no solo limita la discrecionalidad del Ejecutivo, sino que también refuerza la idea de que las políticas públicas deben estar orientadas a garantizar inclusión y protección social, y no a profundizar la exclusión.  

El freno judicial a los desalojos administrativos se convierte así en un hito en la defensa de los derechos habitacionales en Buenos Aires, marcando un precedente que podría extenderse a otros distritos del país. La tensión entre la necesidad de preservar el orden urbano y la obligación de garantizar derechos básicos seguirá siendo un eje de debate, pero la resolución deja en claro que la justicia social no puede quedar subordinada a la conveniencia política.


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