Política | Traspaso de la Justicia de Trabajo

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Intervendrá el Fuero Contencioso

La disputa judicial en torno a la reforma laboral sumó un giro decisivo con la resolución de un juzgado federal que determinó que la causa iniciada por la Unión de Empleados de la Justicia Nacional (UEJN) debe tramitar en el fuero contencioso administrativo y no en la Justicia del Trabajo. El cambio de escenario redefine qué jueces tendrán la responsabilidad de analizar la constitucionalidad de la norma impulsada por el Gobierno y marca un punto de inflexión en el proceso. Por Martín Pérez Díaz Buenos Aires, 27 de marzo de 2026. La decisión fue adoptada por el magistrado Enrique Alonso Reguera, quien hizo lugar al pedido del Estado Nacional. El Ministerio de Justicia había solicitado que el expediente dejara de tramitar en tribunales laborales y pasara al ámbito contencioso administrativo, bajo el argumento de que existe un impedimento normativo para que intervenga la Justicia del Trabajo cuando el Estado es parte. El juez coincidió con esa postura y dictó lo que técnicamente se conoce como “inhibitoria”, ordenando que el caso continúe en otro fuero.

La causa se originó en una presentación de la UEJN, que había logrado una medida cautelar suspendiendo tanto el convenio como la ley que autorizó el traspaso del fuero laboral nacional al ámbito porteño. El sindicato había acudido a la Justicia del Trabajo con el objetivo de frenar aspectos centrales de la reforma y del acuerdo de transferencia de competencias. Sin embargo, con la nueva resolución, el expediente deberá seguir su curso en el fuero contencioso administrativo federal, lo que implica que serán otros jueces quienes evalúen si la reforma viola o no la Constitución.

El Ministerio de Justicia sostuvo que la controversia involucra normas de derecho público y actos estatales, por lo que corresponde que sea analizada por jueces federales. Según el planteo oficial, el Estado tiene la prerrogativa de litigar en ese ámbito y no puede ser sometido a tribunales ordinarios. Para el Ejecutivo, permitir que la causa siguiera en el fuero laboral significaría desconocer esa prerrogativa reconocida en la legislación procesal. El juez Alonso Reguera compartió esa interpretación y subrayó que la naturaleza de las normas cuestionadas es claramente administrativa, vinculada a decisiones institucionales sobre la organización de la Justicia y reformas legales, más que a un conflicto individual entre trabajadores y empleadores.

En su fallo, el magistrado señaló que “para resolver el asunto será necesario acudir a principios y normas de derecho público”, lo que justifica apartar la intervención de la Justicia laboral. También destacó que la propia demanda sindical apunta contra actos estatales, lo que refuerza la competencia federal. Ese carácter institucional de la controversia fue determinante para inclinar la balanza hacia el fuero contencioso administrativo.

La resolución también abordó otro aspecto relevante: el pedido de unificar esta causa con la que promueve la CGT, que cuestiona aspectos similares de la reforma laboral. El juez descartó la acumulación, al considerar que los procesos no tramitan por el mismo tipo y se encuentran en diferentes etapas procesales. Unificar expedientes en fases distintas podría generar dilaciones y complicaciones, por lo que cada causa seguirá su propio camino. La de la UEJN continuará en el fuero contencioso administrativo, mientras que la de la CGT mantiene su trámite separado.

El fallo ordenó comunicar la decisión al Juzgado Nacional del Trabajo N° 30, que era el que tramitaba originalmente la causa, y solicitar el envío del expediente completo al fuero contencioso administrativo. En caso de desacuerdo entre los tribunales, la cuestión podría escalar a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que tendría la última palabra para dirimir el conflicto de competencia. Ese escenario no es infrecuente: cuando dos fueros discrepan sobre quién debe intervenir, es la Cámara la que resuelve en última instancia.

Por ahora, la medida cautelar que suspendió parte de la reforma laboral sigue vigente. El cambio de fuero no la modifica automáticamente, aunque el nuevo tribunal podrá revisarla. Esto significa que, al menos en el corto plazo, los efectos de la reforma permanecen congelados, mientras se define qué jueces tendrán la potestad de analizar su constitucionalidad. El traslado de la causa al fuero contencioso administrativo abre un nuevo capítulo en la disputa y anticipa un debate más amplio sobre el alcance de las reformas laborales y el rol del Estado en la organización de la Justicia.

La resolución de Alonso Reguera no solo cambia el escenario judicial, sino que también tiene implicancias políticas. El Gobierno logra que el caso se trate en un ámbito que considera más adecuado para discutir actos estatales y políticas públicas, mientras los sindicatos ven cómo se modifica el terreno en el que habían planteado su estrategia inicial. La discusión sobre la constitucionalidad de la reforma laboral, lejos de resolverse, se traslada ahora a un fuero distinto, con nuevos jueces y un marco procesal que podría redefinir el rumbo de la causa. En este contexto, la disputa promete seguir escalando y convertirse en uno de los ejes centrales del debate jurídico y político en torno a la modernización laboral.



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